La Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. Dignidad y educación inclusiva de las personas sordas en lengua de signos.
Palabras clave:
Convención Internacional, personas con discapacidad, sistema educativo, incumplimiento, dignidad, inclusión, lengua de signos, personas sordasResumen
A pesar de la entrada en vigor y ratificación por España, en 2008, de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, existen diferentes incumplimientos de sus disposiciones dentro del ordenamiento jurídico español.
Uno de los reiterados incumplimientos se refiere al sistema educativo de las personas con discapacidad, tal y como ha puesto de manifiesto al Comité de representantes de personas con discapacidad (CERMI), asociación de utilidad pública más representativa en el ámbito estatal de la discapacidad, y entidad encargada de supervisar la aplicación en España de la Convención. A tal efecto, el CERMI ha emitido reiterados informes desde el año 2017, poniendo en evidencia diversas situaciones que no se acomodan a lo dispuesto por la Convención.
En el estricto campo de las personas sordas, el incumplimiento va referido no solo a la falta de la inclusión educativa, sino a la ausencia de una oferta educativa bilingüe que incluya la lengua de signos, a pesar de que la Ley que reconoce la Lengua de signos, ya obligaba a ello.
De estas actuaciones referidas al sistema educativo de las personas sordas, cabe extraer varias conclusiones, en la línea de considerar las actuaciones de las administraciones educativas competentes en esta materia como discriminación conforme a la Convención.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2024 Revista Anuario Parlamento y Constitución
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.